Reglamento 2026/977: la UE impone plazos máximos vinculantes a los organismos notificados bajo MDR e IVDR

El 5 de mayo de 2026, la Comisión Europea publicó el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/977, que establece requisitos uniformes de gestión de calidad y de procedimiento para los organismos notificados que operan bajo el MDR (Reglamento (UE) 2017/745) y el IVDR (Reglamento (UE) 2017/746). Su aplicación es obligatoria desde el 25 de febrero de 2027. Los fabricantes que estén en proceso de obtener o renovar su certificación CE tienen menos de nueve meses para entender cómo cambia la interacción con su organismo notificado —y la mayoría aún no ha empezado a analizarlo.

El Reglamento responde a un problema documentado y recurrente durante toda la transición MDR/IVDR: el comportamiento entre organismos notificados era marcadamente heterogéneo. Plazos de revisión de solicitudes que en un ON duraban tres meses, en otro se extendían a dieciocho. Criterios de aceptación de expedientes técnicos que variaban no solo entre organismos, sino entre revisores del mismo ON. Para empresas con certificaciones activas, estas diferencias se traducían en meses de retraso y en recursos internos consumidos gestionando incertidumbre. La asociación AESGP valoró positivamente la iniciativa precisamente por eso: la imprevisibilidad de los ONs llevaba años siendo una de las quejas más documentadas del sector, y este Reglamento es la primera respuesta con fuerza normativa.

Lo que el Reglamento hace por primera vez es convertir en plazos legales lo que hasta ahora eran expectativas razonables. La revisión de la solicitud inicial tiene un límite de 30 días a partir de la recepción de la documentación completa. Las auditorías de sistema de gestión de calidad no pueden superar los 120 días. La verificación de productos tiene un máximo de 90 días. La emisión del certificado, una vez completada la evaluación, debe producirse en un plazo máximo de 15 días. En nuestra experiencia trabajando con fabricantes bajo MDR, la fase más crítica no es la auditoría en sí sino la revisión inicial de la solicitud, que con frecuencia arrastraba tiempos indefinidos sin retroalimentación útil para el equipo regulatorio. Contar con un límite de 30 días proporciona por primera vez una base real para planificar el proyecto de certificación.

Lo que cambia en la práctica para el fabricante

El artículo 4, apartado 4 del Reglamento —con entrada en aplicación el 1 de enero de 2028, un año adicional de margen respecto al resto del texto— regula cuándo y cómo los ONs pueden suspender los plazos: solicitud de información adicional al fabricante, observaciones críticas que requieren subsanación, o circunstancias extraordinarias externas al organismo. Estas suspensiones deben quedar documentadas con causa justificada y no pueden utilizarse para enmascarar ineficiencias internas. Esto tiene una consecuencia directa para el equipo regulatorio del fabricante: la velocidad de respuesta a las observaciones del ON pasa a ser un factor diferenciador. Un equipo que tarde dos semanas en contestar una solicitud de documentación adicional consume parte del plazo que el Reglamento garantiza con sus propias dilaciones. A partir de 2027, la gestión ágil durante la evaluación no es solo buena práctica; determina si los plazos vinculantes trabajan a tu favor o en tu contra.

Más allá de los plazos, el Reglamento estandariza los requisitos de gestión de calidad de los ONs: criterios de aceptación de solicitudes con especificaciones concretas, estructura obligatoria de presupuestos con desglose de costes documentado, y mecanismos de escalado interno cuando una evaluación supera los tiempos previstos. Para el fabricante, la consecuencia más inmediata es que podrá exigir transparencia sobre el estado de su evaluación con base legal. La pregunta que hasta ahora era retórica —¿cuándo emite el certificado mi ON?— tendrá a partir de febrero de 2027 una respuesta con respaldo normativo.

Qué preparar antes de febrero de 2027

El primer paso es revisar el estado de los expedientes técnicos y del QMS contra los criterios que los ONs aplicarán bajo el nuevo marco. Varios organismos notificados están actualizando ya sus procedimientos internos a lo largo de 2026; en algunos casos, los criterios de aceptación de solicitudes serán más exigentes que los actuales. Un expediente técnico que hoy sería aceptado podría quedar bloqueado en la fase de revisión inicial a partir de 2027 si no se anticipa este cambio. El segundo elemento es la comunicación proactiva con el ON: preguntar ahora cómo planea implementar el Reglamento y qué cambia en su proceso de auditoría. Los ONs que operan bajo BSI, TÜV SÜD, TÜV Rheinland o SGS están adaptando sus procedimientos; es información que el fabricante puede obtener ya, sin esperar a que llegue en forma de solicitud rechazada. En nuestro equipo de asesoría regulatoria estamos realizando ya este análisis previo con fabricantes que tienen certificaciones en curso o previstas para 2027.

Si tu empresa tiene una certificación CE en curso, prevé una renovación en 2027, o está preparando el expediente técnico para nuevos dispositivos bajo MDR o IVDR, hablemos antes de que los plazos aprieten.

Productos sanitarios en 2026: EUDAMED, RECOPS y las nuevas obligaciones para importadores y fabricantes de Clase I

La regulación de productos sanitarios en Europa está entrando en una nueva fase de aplicación práctica. Tras varios años centrados en la adaptación al Reglamento (UE) 2017/745 (MDR), 2026 está suponiendo un punto de inflexión para fabricantes, importadores y distribuidores debido a la convergencia de tres elementos clave: la utilización efectiva de EUDAMED, la entrada en funcionamiento de RECOPS en España y el incremento de las obligaciones aplicables a los productos sanitarios Clase I.

Aunque muchas empresas consideran que ya han completado la transición al MDR, la realidad es que la atención de las autoridades está desplazándose desde la certificación inicial hacia la verificación del cumplimiento operativo y documental durante toda la vida comercial del producto.

Durante años, EUDAMED fue percibida por parte del sector como una plataforma cuya implantación avanzaba de forma gradual. Sin embargo, la situación está cambiando rápidamente.

Las autoridades nacionales están comenzando a integrar sus sistemas con la base de datos europea, convirtiendo a EUDAMED en un elemento central para la identificación de operadores económicos y productos sanitarios comercializados en la Unión Europea.

La correcta gestión de la información en EUDAMED ya no afecta únicamente a fabricantes de productos de mayor riesgo. También influye directamente en productos Clase I y en operadores que hasta ahora tenían una interacción limitada con los sistemas europeos de registro.

Errores en la identificación del fabricante, información incompleta de los productos o discrepancias entre registros y documentación técnica pueden generar incidencias regulatorias que dificulten la comercialización del producto.

La entrada en funcionamiento de RECOPS por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios representa uno de los cambios más relevantes para el mercado español de productos sanitarios.

El nuevo sistema sustituye a los registros anteriores y establece una comunicación de comercialización vinculada a la información existente en EUDAMED. Esto significa que la situación regulatoria del producto en la base de datos europea pasa a ser un requisito previo para completar correctamente determinadas obligaciones nacionales.

Para muchas empresas, especialmente aquellas que comercializan productos Clase I, este cambio supone la necesidad de revisar procedimientos internos que hasta ahora no habían sido prioritarios.

La integración entre registros europeos y nacionales confirma una tendencia clara hacia modelos de supervisión más digitalizados, trazables y centralizados.

Uno de los cambios más relevantes que están detectando fabricantes e importadores es el incremento de obligaciones prácticas aplicables a los productos Clase I.

Tradicionalmente, estos productos se asociaban a procedimientos regulatorios relativamente sencillos en comparación con otras clases de riesgo. Sin embargo, la combinación de MDR, EUDAMED y RECOPS está modificando este escenario.

Muchas empresas que nunca habían realizado determinadas comunicaciones regulatorias deberán ahora verificar que sus productos están correctamente registrados, identificados y asociados a la información requerida por las autoridades.

Esta situación afecta especialmente a fabricantes europeos, importadores y distribuidores que comercializan productos de bajo riesgo y que históricamente habían tenido una carga administrativa más reducida.

Otro de los aspectos que más está evolucionando es la posición del importador dentro de la cadena de suministro.

El MDR atribuye al importador responsabilidades específicas que van mucho más allá de una función logística o comercial. Antes de introducir un producto sanitario en el mercado europeo, el importador debe verificar que se han cumplido los requisitos regulatorios aplicables y que la documentación necesaria está disponible.

Las autoridades están incrementando la supervisión sobre este colectivo, especialmente en aspectos relacionados con:

  • trazabilidad de productos
  • identificación de operadores económicos
  • etiquetado
  • documentación regulatoria
  • vigilancia poscomercialización

Como consecuencia, muchas empresas están revisando sus procedimientos internos para adaptarse a un nivel de exigencia superior al existente en años anteriores.

La evolución normativa que está viviendo el sector responde a una estrategia clara por parte de las autoridades europeas: disponer de información más completa sobre los productos comercializados y los operadores responsables de cada fase de la cadena de suministro.

La combinación de EUDAMED, sistemas nacionales como RECOPS y las obligaciones establecidas en el MDR está configurando un entorno donde la trazabilidad documental adquiere un papel central.

Las empresas que gestionen correctamente sus registros regulatorios estarán mejor preparadas para afrontar inspecciones, auditorías y requerimientos de las autoridades competentes.

Por el contrario, aquellas organizaciones que continúen considerando estas obligaciones como simples trámites administrativos pueden encontrarse con dificultades crecientes para mantener sus productos en el mercado.

La entrada en funcionamiento de RECOPS, el uso cada vez más relevante de EUDAMED y el aumento de obligaciones aplicables a importadores y productos sanitarios Clase I están configurando un nuevo escenario regulatorio para el sector sanitario en Europa.

Las empresas deben revisar sus procedimientos de registro, comunicación y trazabilidad para asegurar que cumplen con los requisitos establecidos por el MDR y por las autoridades nacionales. La correcta gestión de estos aspectos se está convirtiendo en un factor clave para garantizar la continuidad de la comercialización y minimizar riesgos regulatorios.

Si su empresa fabrica, importa o distribuye productos sanitarios y necesita revisar sus obligaciones relacionadas con EUDAMED, RECOPS, MDR o productos Clase I, el equipo de ASC Services puede ayudarle a analizar su situación y adaptar sus procedimientos a los requisitos regulatorios actualmente aplicables. Puede contactar con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para estudiar su caso.

RECOPS: la nueva aplicación de la AEMPS para el registro de comercialización de productos sanitarios

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) pondrá en funcionamiento el próximo 15 de junio RECOPS, la nueva aplicación informática destinada al registro de comercialización de productos sanitarios y productos sanitarios de diagnóstico in vitro en España. La puesta en marcha de esta plataforma supone un cambio relevante en las obligaciones de comunicación aplicables a fabricantes, importadores y otros agentes económicos que comercializan productos sanitarios en territorio español.

La nueva herramienta sustituirá a los sistemas anteriores utilizados para estas comunicaciones y estará vinculada directamente con Eudamed, la base de datos europea de productos sanitarios. A partir de esta transición, las autoridades sanitarias dispondrán de un sistema más integrado para el seguimiento de los productos comercializados, incluyendo información relacionada con etiquetado e instrucciones de uso.

La implantación de RECOPS se produce en el contexto de consolidación del Reglamento (UE) 2017/745 sobre productos sanitarios y del Reglamento (UE) 2017/746 sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro. En España, estas obligaciones se desarrollan a través del Real Decreto 192/2023 y del Real Decreto 942/2025, que establecen la obligación de registro para cualquier agente económico que comercialice productos sanitarios o productos IVD con carácter previo a su comercialización.

La AEMPS ha confirmado que las antiguas aplicaciones CCPS y RPS dejarán de admitir nuevas comunicaciones a partir del 28 de mayo, coincidiendo con el inicio de la notificación obligatoria a Eudamed. No obstante, determinadas comunicaciones relacionadas con fabricantes de productos sanitarios a medida continuarán realizándose a través del sistema RPS.

Este cambio implica que las empresas deberán adaptar sus procedimientos regulatorios y asegurarse de que la información de sus productos esté correctamente registrada y visible en Eudamed antes de poder completar la comunicación en RECOPS.

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva aplicación es que la comunicación de comercialización en RECOPS dependerá directamente de la información previamente cargada en Eudamed. Según la información publicada por la AEMPS, el producto deberá estar notificado y visible en la base de datos europea para poder realizar correctamente la comunicación nacional.

Esto convierte la correcta gestión de Eudamed en un elemento clave dentro de la estrategia regulatoria de fabricantes, importadores y distribuidores. Cualquier incidencia relacionada con registros incompletos, datos inconsistentes o retrasos en la carga de información puede afectar directamente a la capacidad de comercialización del producto en España.

En la práctica, muchas empresas están descubriendo que la transición hacia los nuevos sistemas europeos y nacionales requiere una coordinación mucho mayor entre documentación técnica, registros regulatorios y gestión operativa.

La puesta en marcha de RECOPS confirma la tendencia hacia una supervisión regulatoria más digitalizada y centralizada en el ámbito de los productos sanitarios. Las autoridades europeas y nacionales están avanzando hacia modelos de control basados en bases de datos interoperables, trazabilidad documental y acceso coordinado a la información regulatoria de los productos.

Este cambio incrementa el nivel de exigencia sobre los agentes económicos, que deben mantener actualizada la información de sus productos y asegurar la coherencia entre los registros europeos y nacionales.

Además, la integración progresiva entre Eudamed y los sistemas nacionales permitirá a las autoridades sanitarias disponer de una visión más completa de los productos comercializados y de los operadores involucrados en la cadena de suministro.

Aunque tradicionalmente muchas empresas asociaban estas obligaciones principalmente a fabricantes, el nuevo escenario regulatorio refuerza también las responsabilidades de importadores y distribuidores.

La obligación de comunicación previa y la trazabilidad asociada a los productos comercializados exigen que estos operadores tengan un mayor control sobre la situación regulatoria de los productos que introducen en el mercado español.

En este contexto, las empresas deben revisar sus procedimientos internos y verificar que la documentación y registros asociados a sus productos están alineados con los nuevos requisitos regulatorios.

La AEMPS ha anunciado igualmente la celebración de un webinar para presentar el funcionamiento de la nueva aplicación y facilitar la transición al nuevo sistema.

No obstante, más allá de la propia herramienta informática, el principal reto para muchas empresas será garantizar que sus productos cumplen correctamente con las obligaciones de registro, comunicación y trazabilidad exigidas por el nuevo marco regulatorio.

La correcta preparación documental y la revisión previa de la información cargada en Eudamed serán factores clave para evitar incidencias y retrasos en la comercialización de productos sanitarios en España.

La entrada en funcionamiento de RECOPS marca una nueva etapa en el sistema de comunicación y registro de comercialización de productos sanitarios y productos IVD en España. La integración con Eudamed y la digitalización progresiva de los controles regulatorios incrementan las obligaciones de fabricantes, importadores y distribuidores.

Las empresas que comercializan productos sanitarios en territorio español deberán revisar sus procedimientos regulatorios y asegurar que sus registros y comunicaciones cumplen con los nuevos requisitos establecidos por la AEMPS y la normativa europea.

Si su empresa necesita revisar sus obligaciones de comunicación de comercialización, adaptar sus registros regulatorios o analizar la transición hacia RECOPS y Eudamed, el equipo de ASC Services puede ayudarle a evaluar su situación y asegurar el cumplimiento de los requisitos aplicables. Puede contactar con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para estudiar su caso.

Novel Foods: el aumento de controles sobre ingredientes y complementos alimenticios en la Unión Europea

Los controles sanitarios sobre ingredientes considerados Novel Foods se han intensificado de forma significativa en la Unión Europea durante los últimos años. Esta tendencia está generando un aumento de incidencias en la importación de alimentos y complementos alimenticios, especialmente en productos procedentes de Asia y Estados Unidos que incorporan extractos vegetales, ingredientes funcionales o compuestos innovadores cuya situación regulatoria no siempre está claramente definida en Europa.

En muchos casos, las empresas importadoras descubren el problema cuando la mercancía ya se encuentra en aduana y las autoridades sanitarias solicitan documentación adicional para verificar si el ingrediente puede comercializarse legalmente en el mercado europeo.

Qué se considera un Novel Food en la Unión Europea

La regulación europea define como Novel Food cualquier alimento o ingrediente que no haya sido consumido de forma significativa en la Unión Europea antes del 15 de mayo de 1997 y que, por tanto, requiera una evaluación específica de seguridad antes de su comercialización.

El marco regulatorio aplicable se encuentra en el Reglamento (UE) 2015/2283, que establece los procedimientos de autorización y evaluación científica de este tipo de ingredientes.

En la práctica, esto afecta a una cantidad creciente de productos comercializados internacionalmente, especialmente en sectores vinculados a:

  • ingredientes funcionales
  • extractos botánicos
  • suplementos deportivos
  • ingredientes derivados de hongos
  • cannabinoides
  • nuevas fuentes de proteína
  • compuestos utilizados en productos wellness y nutracéuticos

Muchos de estos ingredientes son legales en terceros países, pero no cuentan con autorización específica para su comercialización en la Unión Europea.

El problema creciente en importación

Las autoridades sanitarias europeas están prestando cada vez más atención a este tipo de ingredientes durante los controles en frontera. La revisión ya no se limita al etiquetado o a los aditivos utilizados, sino que se centra también en determinar si determinados componentes requieren autorización como Novel Food.

Esto está provocando un incremento de bloqueos en aduana relacionados con:

  • extractos vegetales sin historial claro de consumo
  • ingredientes funcionales comercializados como suplementos
  • sustancias utilizadas en productos deportivos
  • derivados cannabinoides
  • formulaciones asiáticas adaptadas a otros mercados

En muchos casos, el importador no dispone de documentación suficiente para demostrar que el ingrediente no requiere autorización o que ya se encuentra autorizado en la Unión Europea.

Diferencias regulatorias entre mercados internacionales

Uno de los principales problemas para las empresas importadoras es asumir que un ingrediente legal en Estados Unidos o Asia puede comercializarse automáticamente en Europa. Sin embargo, la normativa europea sobre Novel Foods funciona bajo criterios propios y requiere evaluaciones específicas realizadas por la EFSA antes de autorizar determinados ingredientes.

Esta diferencia regulatoria genera incidencias frecuentes en productos formulados para mercados internacionales, especialmente cuando el fabricante no dispone de experiencia previa en normativa europea o desconoce las limitaciones aplicables en la Unión Europea.

Como consecuencia, muchas empresas se enfrentan a bloqueos en aduana, requerimientos documentales o incluso imposibilidad de comercializar determinados productos tras haber realizado la operación de importación.

Complementos alimenticios bajo especial vigilancia

El sector de los complementos alimenticios es actualmente uno de los más afectados por esta situación. Las autoridades sanitarias están revisando con mayor detalle productos que incluyen ingredientes asociados a rendimiento deportivo, bienestar, energía, control de peso o mejora funcional.

En este contexto, ingredientes comercializados de forma habitual en otros mercados pueden generar dudas regulatorias en Europa, especialmente cuando:

  • no existe autorización expresa
  • la documentación científica es insuficiente
  • el historial de consumo no está claramente demostrado
  • o la formulación incorpora combinaciones complejas de extractos y compuestos funcionales

Esta situación está provocando un aumento de consultas regulatorias previas a la importación y una mayor necesidad de revisión técnica antes de introducir productos en el mercado europeo.

El impacto de los bloqueos regulatorios

Cuando las autoridades consideran que un ingrediente puede estar sujeto a regulación Novel Food, el despacho aduanero suele quedar suspendido hasta completar la evaluación correspondiente. Esto genera retrasos importantes, costes logísticos y riesgos comerciales para el importador.

En determinados casos, si no se logra demostrar la conformidad regulatoria del ingrediente, las autoridades pueden impedir la comercialización del producto en la Unión Europea.

Además del impacto económico directo, estas incidencias afectan a la planificación comercial y a la estabilidad de las cadenas de suministro, especialmente en empresas que operan con lanzamientos rápidos o productos innovadores.

La importancia de revisar la situación regulatoria antes de importar

La creciente complejidad regulatoria en materia de Novel Foods hace imprescindible analizar previamente la situación de los ingredientes antes de iniciar cualquier operación de importación.

La revisión técnica y regulatoria permite identificar posibles riesgos asociados a ingredientes funcionales, extractos botánicos o compuestos innovadores antes de que la mercancía llegue a frontera. Este análisis resulta especialmente importante en productos desarrollados para mercados fuera de la Unión Europea.

En un entorno regulatorio cada vez más exigente, la evaluación previa se ha convertido en una herramienta fundamental para evitar bloqueos en aduana y reducir riesgos comerciales.

Conclusión

La regulación europea sobre Novel Foods está teniendo un impacto creciente en la importación de alimentos y complementos alimenticios. Las autoridades sanitarias están intensificando los controles sobre ingredientes funcionales y productos innovadores, especialmente en mercancías procedentes de mercados extracomunitarios.

Las empresas importadoras deben asegurarse de que los ingredientes utilizados en sus productos cumplen realmente con la normativa europea antes de iniciar la importación. La revisión regulatoria previa es cada vez más importante para evitar incidencias en aduana y garantizar la viabilidad comercial del producto en el mercado europeo.

Si su empresa necesita revisar la situación regulatoria de ingredientes o complementos alimenticios antes de importar productos a la Unión Europea, el equipo de ASC Services puede ayudarle a analizar la documentación y evaluar los riesgos regulatorios asociados a Novel Foods y otros requisitos aplicables. Puede contactar con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para estudiar su caso.

Importación de complementos alimenticios: aumento de incidencias en los controles sanitarios europeos

La importación de complementos alimenticios hacia la Unión Europea está experimentando un incremento significativo de incidencias durante los controles sanitarios en frontera. Las autoridades europeas están reforzando la supervisión sobre este tipo de productos debido al aumento de casos relacionados con ingredientes no autorizados, declaraciones nutricionales incorrectas, problemas de etiquetado y documentación técnica insuficiente.

En muchos casos, las empresas importadoras desconocen que productos comercializados legalmente en terceros países no cumplen necesariamente con la normativa europea. Esta situación se detecta habitualmente cuando la mercancía ya ha llegado a aduana y la autoridad sanitaria solicita información adicional o paraliza el despacho para evaluar la conformidad del producto.

Un sector sometido a mayor vigilancia regulatoria

Los complementos alimenticios ocupan actualmente uno de los niveles más altos de supervisión dentro de la importación alimentaria. Las autoridades sanitarias están prestando especial atención a productos que contienen extractos vegetales, ingredientes funcionales, sustancias con efecto fisiológico o formulaciones complejas procedentes de mercados extracomunitarios.

El aumento del comercio internacional y la expansión de productos comercializados a través de canales digitales han provocado que entren en el mercado europeo referencias formuladas bajo criterios regulatorios muy diferentes a los exigidos en la Unión Europea.

Como consecuencia, los controles sanitarios se están volviendo cada vez más técnicos y detallados, especialmente en productos procedentes de Asia y Estados Unidos.

Ingredientes y sustancias no autorizadas

Uno de los problemas más frecuentes en la importación de complementos alimenticios es la presencia de ingredientes o sustancias cuya utilización no está permitida en la Unión Europea o que se encuentran sujetas a restricciones específicas.

En determinadas ocasiones, el ingrediente es legal en el país de origen, pero no dispone de evaluación o autorización conforme a la normativa europea. En otros casos, el problema deriva de la concentración utilizada o de las declaraciones asociadas al producto.

Las autoridades sanitarias revisan especialmente:

  • extractos botánicos
  • ingredientes funcionales
  • aminoácidos
  • estimulantes
  • cannabinoides y derivados
  • sustancias utilizadas para control de peso o rendimiento deportivo

Cuando existe duda sobre la conformidad del ingrediente o su seguridad, la mercancía puede quedar retenida hasta completar la evaluación documental o analítica correspondiente.

Problemas de etiquetado y declaraciones comerciales

El etiquetado continúa siendo otra de las principales causas de incidencias en aduana. Muchos productos importados presentan declaraciones nutricionales o de propiedades saludables que no están autorizadas en la Unión Europea o utilizan terminología comercial incompatible con la normativa europea.

También son frecuentes los errores relacionados con:

  • denominación de ingredientes
  • identificación de alérgenos
  • dosis recomendadas
  • advertencias obligatorias
  • traducciones incorrectas
  • ausencia de información obligatoria en idioma oficial

Estas incidencias obligan a las autoridades a revisar en profundidad el producto antes de autorizar su entrada en el mercado.

Documentación técnica insuficiente

Además del etiquetado y la composición, las autoridades sanitarias están exigiendo cada vez más documentación técnica para justificar el cumplimiento del producto.

Las incidencias suelen producirse cuando:

  • el fabricante no dispone de especificaciones técnicas completas
  • no se pueden justificar determinados ingredientes
  • faltan certificados analíticos y registros de producto.
  • la documentación aportada es demasiado genérica
  • o existen diferencias entre la formulación y el etiquetado declarado

En muchos casos, el importador descubre durante el control sanitario que el proveedor no dispone realmente de la información necesaria para acreditar el cumplimiento europeo.

El impacto de los bloqueos en aduana

Cuando se produce una incidencia regulatoria en complementos alimenticios, el impacto suele ser especialmente relevante debido al valor comercial de este tipo de productos y a la rapidez con la que se mueven en el mercado.

La retención de mercancía genera costes logísticos, retrasos comerciales y problemas de distribución. Además, cuando la incidencia afecta a la formulación o al etiquetado, la resolución puede requerir modificaciones importantes antes de permitir la comercialización del producto en la Unión Europea.

En determinados casos, las autoridades pueden incluso denegar la entrada del producto si no se logra demostrar adecuadamente su conformidad.

La importancia de revisar el producto antes de importar

La creciente complejidad regulatoria hace imprescindible verificar la composición, el etiquetado y la documentación técnica antes de iniciar cualquier operación de importación de complementos alimenticios.

La revisión previa permite identificar incompatibilidades con la normativa europea y reducir significativamente el riesgo de incidencias en frontera. Este análisis es especialmente importante en productos innovadores, formulaciones complejas y mercancías procedentes de mercados con marcos regulatorios distintos al europeo.

La importación de complementos alimenticios en la Unión Europea está sometida a un nivel de control sanitario cada vez más elevado. Las incidencias relacionadas con ingredientes, etiquetado y documentación técnica se han convertido en una de las principales causas de bloqueo en aduana.

Las empresas importadoras deben asegurarse de que sus productos cumplen realmente con la normativa europea antes de iniciar la importación. En un entorno regulatorio cada vez más exigente, la revisión técnica previa resulta fundamental para evitar retrasos, rechazos y costes innecesarios.

Si su empresa necesita revisar complementos alimenticios antes de importarlos o ha recibido un requerimiento sanitario durante el despacho aduanero, el equipo de ASC Services puede ayudarle a analizar la situación y verificar el cumplimiento regulatorio del producto. Puede contactar con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para estudiar su caso.

Certificados sanitarios y declaraciones del fabricante: uno de los principales motivos de bloqueo en la importación de alimentos

Las incidencias relacionadas con certificados sanitarios y declaraciones técnicas del fabricante se han convertido en una de las causas más habituales de retención de mercancías alimentarias en los controles sanitarios de la Unión Europea. Cada vez con mayor frecuencia, las autoridades aduaneras y sanitarias paralizan el despacho de productos importados al considerar que la documentación aportada no permite acreditar adecuadamente el cumplimiento de la normativa europea.

En muchos casos, las empresas importadoras descubren el problema cuando la mercancía ya se encuentra en frontera y la autoridad sanitaria solicita información adicional que el proveedor no puede aportar de forma inmediata o que no cumple con los requisitos exigidos en la Unión Europea.

El aumento de las exigencias documentales en los controles sanitarios

Durante los últimos años, los controles sanitarios en frontera han evolucionado hacia un modelo mucho más técnico y documental. Las autoridades no solo verifican la existencia de certificados, sino también su contenido, trazabilidad y coherencia con el producto importado.

Esto implica que documentos genéricos o certificados emitidos conforme a estándares locales del país de origen pueden resultar insuficientes para acreditar el cumplimiento de la normativa europea.

Las autoridades sanitarias analizan especialmente:

  • la composición del producto
  • el origen de las materias primas
  • la correspondencia entre etiquetado y formulación
  • la presencia de aditivos o ingredientes sujetos a limitaciones
  • las condiciones de fabricación y control de calidad

Cuando esta información no puede verificarse correctamente mediante documentación válida, el producto queda retenido hasta completar la evaluación.

Problemas frecuentes con certificados sanitarios

Uno de los errores más habituales es asumir que cualquier certificado sanitario emitido en origen será aceptado automáticamente por las autoridades europeas. Sin embargo, muchos documentos presentan limitaciones importantes.

Es frecuente encontrar certificados:

  • demasiado genéricos
  • sin identificación clara del producto
  • emitidos por entidades no reconocidas
  • sin trazabilidad documental suficiente
  • sin referencia a requisitos europeos aplicables

En otros casos, la información incluida no coincide con la documentación comercial o técnica aportada durante el despacho aduanero, lo que genera dudas sobre la conformidad del producto.

Estas situaciones provocan requerimientos adicionales y retrasos que afectan directamente a la operativa de importación.

Declaraciones del fabricante insuficientes o incompletas

Otro de los puntos críticos en los controles sanitarios son las declaraciones emitidas por el fabricante. Las autoridades europeas están exigiendo cada vez más precisión en aspectos relacionados con ingredientes, aditivos, procesos de fabricación y cumplimiento normativo.

Muchas incidencias se producen porque las declaraciones aportadas:

  • no identifican correctamente los ingredientes
  • no incluyen información técnica suficiente
  • utilizan nomenclaturas no adaptadas a la normativa europea
  • o no permiten justificar adecuadamente el uso de determinadas sustancias

En productos procedentes de Asia y otros mercados extracomunitarios, este problema es especialmente frecuente debido a las diferencias regulatorias existentes entre jurisdicciones.

El impacto de las incidencias documentales en aduana

Cuando la autoridad sanitaria considera insuficiente la documentación aportada, el despacho queda suspendido hasta que el importador pueda presentar la información requerida. Esto genera costes logísticos, almacenamiento adicional y retrasos en la distribución de la mercancía.

Además, cuando la resolución depende del fabricante en origen, los plazos suelen ampliarse considerablemente. En algunos casos, las empresas descubren que el proveedor no dispone realmente de la documentación técnica necesaria para acreditar el cumplimiento europeo.

Si finalmente no se logra justificar la conformidad del producto, las autoridades pueden denegar la entrada de la mercancía en el mercado europeo.

La importancia de verificar la documentación antes de importar

La mayoría de estas incidencias podrían evitarse mediante una revisión previa de la documentación técnica antes de iniciar la operación de importación. Verificar la validez de los certificados sanitarios, la coherencia de las declaraciones del fabricante y la adecuación de la información al marco regulatorio europeo permite reducir significativamente el riesgo de bloqueo en frontera.

Este análisis resulta especialmente importante en productos alimentarios complejos, complementos alimenticios, ingredientes funcionales y mercancías procedentes de mercados con requisitos regulatorios diferentes a los de la Unión Europea.

Conclusión

Los certificados sanitarios y las declaraciones técnicas del fabricante se han convertido en elementos clave en los controles sanitarios de importación de alimentos en la Unión Europea. La creciente exigencia documental de las autoridades está provocando un aumento de las incidencias relacionadas con documentación insuficiente, inconsistente o no adaptada a los requisitos europeos.

Las empresas importadoras deben asegurarse de que la documentación técnica de sus productos cumple realmente con las exigencias regulatorias aplicables antes de iniciar el proceso de importación. En un entorno cada vez más controlado, la revisión documental previa es fundamental para evitar bloqueos, retrasos y costes innecesarios.

Si su empresa tiene mercancía retenida en aduana o necesita revisar certificados sanitarios y declaraciones técnicas antes de importar alimentos a la Unión Europea, el equipo de ASC Services puede ayudarle a analizar la documentación y gestionar las incidencias regulatorias asociadas al control sanitario en frontera. Puede contactar con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para estudiar su caso.

Errores de etiquetado en alimentos importados: por qué la aduana está bloqueando mercancías en la UE

Los errores en el etiquetado de alimentos importados se han consolidado como una de las causas más habituales de retención de mercancías en los controles sanitarios de la Unión Europea. En los últimos meses, además, las autoridades están intensificando las revisiones relacionadas con la declaración y el cálculo de aditivos, lo que está generando un aumento significativo de incidencias en aduana.

En muchos casos, las empresas no identifican el problema hasta que la mercancía ya ha llegado a frontera. Es en ese momento cuando la autoridad sanitaria analiza el etiquetado y la información técnica del producto, detectando inconsistencias que pueden paralizar el despacho de forma inmediata.

Un control cada vez más técnico sobre el etiquetado

El etiquetado de alimentos en la Unión Europea no se limita a una cuestión formal o de presentación. Es un elemento clave para verificar el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad alimentaria, composición y uso de ingredientes.

Las autoridades revisan que la información declarada sea coherente con la formulación real del producto y que se ajuste a los requisitos establecidos en la legislación europea. Esto incluye la correcta identificación de ingredientes, la denominación de los aditivos y su uso conforme a las categorías de alimentos autorizadas.

Cuando el etiquetado no permite realizar esta verificación de forma clara, el producto queda sujeto a revisión adicional, lo que suele derivar en requerimientos o bloqueos temporales.

El problema del cálculo de aditivos

Uno de los puntos que más incidencias está generando actualmente es el cálculo y la declaración de aditivos en el etiquetado. Las autoridades no solo verifican si un aditivo está permitido, sino también si su uso es correcto en función del tipo de alimento y de las cantidades utilizadas.

Se están detectando numerosos casos en los que:

  • el aditivo está permitido, pero mal clasificado en la categoría de alimento
  • las cantidades utilizadas superan los límites establecidos
  • la declaración en etiqueta no coincide con la formulación real
  • no se puede justificar técnicamente el uso del aditivo

Este tipo de discrepancias obliga a las autoridades a solicitar información adicional y, en muchos casos, a bloquear la mercancía hasta que se pueda demostrar el cumplimiento.

Inconsistencias entre etiquetado y documentación técnica

Otro de los problemas recurrentes es la falta de coherencia entre el etiquetado del producto y la documentación aportada en el control sanitario. La etiqueta debe reflejar fielmente la composición del alimento, pero en muchas importaciones se detectan diferencias entre lo declarado y lo que figura en fichas técnicas o certificados.

Estas inconsistencias generan dudas sobre la conformidad del producto y obligan a una revisión más profunda, que puede implicar la solicitud de declaraciones adicionales del fabricante o incluso análisis de laboratorio.

Impacto en la operativa de importación

Cuando se produce un bloqueo por problemas de etiquetado, el impacto es inmediato. La mercancía queda retenida y el importador debe responder en un plazo limitado aportando la información requerida por la autoridad sanitaria.

Si la resolución depende del proveedor o del fabricante en origen, los tiempos se alargan y los costes aumentan. En determinados casos, la corrección del etiquetado no es viable en el punto de entrada, lo que puede derivar en la imposibilidad de comercializar el producto en la Unión Europea.

Además, estos problemas afectan a la planificación logística y pueden comprometer compromisos comerciales con clientes y distribuidores.

La importancia de la revisión previa del etiquetado

La mayoría de estas incidencias podrían evitarse con una revisión técnica previa del etiquetado y de la composición del producto antes de su importación. Este análisis permite detectar errores en la declaración de ingredientes, problemas en el uso de aditivos y posibles incompatibilidades con la normativa europea.

En un entorno donde el nivel de exigencia es cada vez mayor, la verificación previa se convierte en un elemento clave para evitar bloqueos en aduana y asegurar la continuidad de las operaciones.

El etiquetado de alimentos importados es uno de los puntos críticos en los controles sanitarios de la Unión Europea. Los errores en la declaración de ingredientes y, especialmente, en el cálculo y uso de aditivos están provocando un aumento de los bloqueos en aduana.

Las empresas importadoras deben prestar especial atención a la coherencia entre la formulación del producto, su etiquetado y la documentación técnica. La falta de alineación entre estos elementos es una de las principales causas de incidencias y retrasos en la importación.

Si su empresa está teniendo problemas en aduana por el etiquetado de alimentos o necesita revisar la declaración de aditivos antes de importar, el equipo de ASC Services puede ayudarle a analizar la situación y asegurar el cumplimiento de la normativa europea. Puede contactar con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para estudiar su caso.

Aditivos alimentarios no autorizados en la UE: una de las principales causas de rechazo en aduana

Uno de los motivos más frecuentes de rechazo en la importación de alimentos hacia la Unión Europea es la presencia de aditivos no autorizados o el uso incorrecto de aditivos permitidos. Este tipo de incidencias suele detectarse durante los controles sanitarios en frontera, cuando las autoridades revisan la composición del producto y verifican su adecuación a la normativa europea.

En muchos casos, el problema no se identifica hasta que la mercancía ya se encuentra en aduana, lo que provoca la paralización del despacho y obliga al importador a justificar la conformidad del producto o, en su defecto, asumir la imposibilidad de introducirlo en el mercado europeo.

La normativa europea sobre aditivos alimentarios

El uso de aditivos en alimentos está regulado en la Unión Europea por el Reglamento (CE) nº 1333/2008, que establece qué sustancias están autorizadas, en qué condiciones pueden utilizarse y en qué tipos de productos están permitidas.

No basta con que un aditivo esté autorizado de forma general. La normativa define con precisión en qué categorías de alimentos puede emplearse y en qué niveles máximos. Cualquier desviación respecto a estos parámetros puede ser considerada un incumplimiento.

Este aspecto resulta especialmente crítico en productos importados, ya que muchos países utilizan marcos regulatorios diferentes donde determinadas sustancias están permitidas sin las restricciones aplicables en la Unión Europea.

Problemas habituales detectados en aduana

Las incidencias relacionadas con aditivos alimentarios suelen derivarse de varias situaciones recurrentes. En primer lugar, es habitual encontrar productos que contienen aditivos no autorizados en la Unión Europea, especialmente en importaciones procedentes de Asia o mercados con normativa distinta.

También se detectan casos en los que el aditivo está permitido, pero se utiliza en una categoría de alimento en la que no está autorizado o en concentraciones superiores a las permitidas. Estas situaciones requieren una evaluación técnica detallada que no siempre puede resolverse en el momento del control.

Otro problema frecuente es la falta de claridad en la declaración de ingredientes. Cuando la información sobre aditivos no está correctamente identificada o no se corresponde con la nomenclatura europea, las autoridades pueden solicitar aclaraciones o documentación adicional antes de continuar con el procedimiento.

Consecuencias del incumplimiento

Cuando las autoridades sanitarias detectan un posible incumplimiento en materia de aditivos, el despacho de la mercancía queda suspendido hasta que se pueda evaluar la situación. En función del caso, se puede requerir documentación técnica adicional, análisis de laboratorio o declaraciones específicas del fabricante.

Si no se logra demostrar el cumplimiento de la normativa europea, el producto puede ser rechazado. Esto implica que la mercancía no podrá comercializarse en la Unión Europea y deberá ser reexpedida o destruida, con el consiguiente impacto económico para el importador.

Además del coste directo, estas incidencias pueden afectar a la relación con clientes y distribuidores, especialmente cuando se producen retrasos o incumplimientos en la cadena de suministro.

La importancia de la verificación previa

La mayoría de los problemas relacionados con aditivos en aduana tienen su origen en una falta de verificación previa de la composición del producto. En muchos casos, las empresas confían en que el producto cumple con la normativa europea sin realizar una revisión específica de los ingredientes y su adecuación al Reglamento (CE) nº 1333/2008.

La revisión de la formulación antes de la importación permite identificar posibles incompatibilidades con la normativa europea y evitar incidencias en el control sanitario. Este análisis resulta especialmente relevante en productos desarrollados para otros mercados, donde los requisitos regulatorios pueden diferir significativamente.

Conclusión

El control de aditivos alimentarios es uno de los puntos más críticos en la importación de alimentos hacia la Unión Europea. La presencia de sustancias no autorizadas o el uso incorrecto de aditivos permitidos puede provocar el rechazo del producto en aduana y generar pérdidas económicas relevantes.

Las empresas importadoras deben asegurarse de que la composición de sus productos cumple con la normativa europea antes de iniciar el proceso de importación. En un entorno cada vez más exigente, la verificación técnica previa se convierte en un elemento clave para evitar bloqueos y garantizar el acceso al mercado.

Si su empresa ha tenido problemas en aduana por la presencia de aditivos no autorizados o necesita revisar la composición de sus productos antes de su importación, el equipo de ASC Services puede ayudarle a analizar la situación y asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable. Puede contactar con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para estudiar su caso.

ASC Services impulsa su expansión internacional con nuevos servicios regulatorios en el sudeste asiático

ASC Services ha iniciado una nueva fase de expansión internacional mediante el desarrollo de servicios regulatorios orientados al acceso al mercado en el sudeste asiático, con especial foco en Indonesia como uno de los mercados con mayor crecimiento y potencial de la región.

Este movimiento responde al incremento del interés de empresas europeas en introducir sus productos en mercados asiáticos, especialmente en sectores como alimentación, cosmética y dispositivos con aplicación sanitaria. En este contexto, la compañía ha comenzado a estructurar una red de colaboración local que permita ofrecer un soporte completo en procesos de registro, cumplimiento normativo y entrada efectiva en el mercado.

Según se desprende del intercambio de trabajo con socios locales, el acceso al mercado indonesio requiere no solo una correcta preparación de la documentación técnica, sino también la coordinación con entidades locales capaces de gestionar los procesos regulatorios ante las autoridades competentes.

Indonesia como puerta de entrada al mercado ASEAN

Indonesia se posiciona actualmente como uno de los mercados más relevantes del sudeste asiático, tanto por su tamaño como por su crecimiento sostenido en sectores vinculados al consumo, la salud y el bienestar. Para las empresas europeas, representa una oportunidad de diversificación geográfica, pero también un entorno regulatorio complejo que exige adaptación específica.

El sistema regulatorio indonesio, gestionado principalmente a través de la autoridad BPOM, establece requisitos detallados para la importación y comercialización de productos. Entre ellos se incluyen la designación de un representante local, la acreditación de buenas prácticas de fabricación, la presentación de documentación técnica completa y la adaptación del etiquetado al idioma y normativa local.

En el caso de alimentos importados, los requisitos incluyen documentación como certificados de calidad, análisis de composición, declaraciones de ingredientes y evidencias de cumplimiento sanitario, así como la formalización de acuerdos entre fabricante e importador.

Para productos cosméticos, además de la documentación técnica, se exige información detallada sobre la formulación, materias primas, seguridad del producto y cumplimiento de estándares internacionales aplicables.

Un modelo de trabajo basado en colaboración internacional

El modelo que ASC Services está desarrollando en esta nueva fase se basa en la combinación de capacidades regulatorias europeas con soporte local en destino. Este enfoque permite abordar de forma coordinada tanto la preparación de la documentación técnica como la gestión de los procedimientos regulatorios en el país de entrada.

Tal como se refleja en las líneas de trabajo actuales, el objetivo es facilitar a las empresas un acceso estructurado al mercado, reduciendo la incertidumbre y alineando los requisitos técnicos con las exigencias regulatorias locales.

Además, este modelo no se limita únicamente a la entrada de productos europeos en Asia, sino que también contempla la identificación de oportunidades en sentido inverso, conectando fabricantes del sudeste asiático con el mercado europeo bajo criterios de cumplimiento normativo y calidad documental.

Nuevas oportunidades para empresas europeas

La apertura de servicios en el sudeste asiático responde a una demanda creciente de empresas que buscan expandirse fuera del entorno europeo y acceder a mercados con alto potencial de crecimiento. Sin embargo, estas oportunidades están condicionadas por la capacidad de adaptarse a marcos regulatorios diferentes y a estructuras comerciales locales.

En este sentido, la experiencia en documentación técnica, cumplimiento normativo y gestión de requisitos regulatorios se convierte en un elemento clave para abordar con éxito estos procesos de internacionalización.

ASC Services incorpora así una nueva línea de servicio orientada a empresas que necesitan evaluar la viabilidad de entrada en mercados asiáticos, preparar su documentación conforme a los requisitos locales y coordinar los procesos regulatorios necesarios para la comercialización de sus productos.

Posicionamiento internacional de ASC Services

Con esta iniciativa, ASC Services refuerza su posicionamiento como consultora regulatoria con capacidad de actuación internacional, ampliando su ámbito de actuación más allá del mercado europeo y consolidando una estructura orientada a proyectos globales.

La integración de conocimiento técnico, experiencia regulatoria y colaboración con socios locales permite ofrecer un enfoque adaptado a las necesidades actuales de las empresas que operan en entornos regulatorios complejos y en constante evolución.

La apertura del sudeste asiático como nueva línea de servicio marca un paso relevante en la evolución de ASC Services hacia un modelo de consultoría global. La creciente interconexión de mercados y la complejidad regulatoria asociada a la internacionalización requieren soluciones estructuradas que combinen conocimiento técnico y presencia local.

Las empresas interesadas en acceder a mercados como Indonesia o explorar oportunidades en la región ASEAN pueden beneficiarse de este nuevo enfoque, que permite abordar el proceso de entrada con mayor control, previsión y seguridad regulatoria.

Si su empresa está valorando la expansión hacia el sudeste asiático o necesita analizar los requisitos regulatorios para introducir sus productos en Indonesia, puede contactar con ASC Services a través del formulario disponible en la página web para estudiar su caso y definir una estrategia adaptada a sus objetivos.

Importación de alimentos: la importancia de presentar el Anexo V y la declaración de aditivos para evitar bloqueos en aduana

Problemas en aduanas por falta del Anexo V o de la declaración de aditivos en importaciones de alimentos

En los últimos años, uno de los problemas más frecuentes en la importación de alimentos hacia la Unión Europea es la retención de mercancías en aduana debido a la falta de documentación técnica relacionada con la composición del producto. Entre los documentos que con mayor frecuencia solicitan las autoridades sanitarias se encuentran el Anexo V de composición del producto y la declaración de aditivos alimentarios utilizados en la formulación.

Cuando estos documentos no se presentan correctamente o no están disponibles en el momento del control sanitario, las autoridades pueden suspender el despacho de la mercancía hasta que se aporte la información requerida. Esta situación genera retrasos logísticos, costes adicionales de almacenamiento y, en algunos casos, incluso la devolución o destrucción del producto.

El papel del Anexo V en el control sanitario de alimentos importados

El Anexo V es un documento técnico que permite a las autoridades verificar la composición del producto alimentario importado. A través de este documento se detallan los ingredientes utilizados, sus proporciones aproximadas y otros datos relevantes para evaluar si el producto cumple con la normativa europea en materia de seguridad alimentaria.

Las autoridades sanitarias utilizan esta información para comprobar que los ingredientes y sustancias presentes en el alimento están autorizados en la Unión Europea y que su utilización respeta los límites establecidos en la legislación aplicable.

En muchos casos, la ausencia del Anexo V impide realizar esta evaluación, lo que obliga a paralizar el procedimiento de importación hasta que se pueda revisar la composición del producto.

Declaración de aditivos alimentarios

Otro documento que suele requerirse durante los controles sanitarios es la declaración de aditivos alimentarios. Este documento identifica todos los aditivos utilizados en el producto, su función tecnológica y su denominación conforme a la normativa europea.

Las autoridades sanitarias deben verificar que los aditivos utilizados están autorizados en la Unión Europea y que se utilizan dentro de los límites establecidos por el Reglamento (CE) nº 1333/2008 sobre aditivos alimentarios.

Cuando esta información no está disponible o no se presenta de forma clara, las autoridades pueden solicitar aclaraciones adicionales o requerir documentación complementaria al importador o al fabricante del producto.

Consecuencias de no disponer de la documentación adecuada

La falta de documentación técnica en el momento del control sanitario puede provocar diversas incidencias durante el proceso de importación. Entre las situaciones más habituales se encuentran la paralización del despacho de la mercancía, la solicitud de información adicional por parte de las autoridades sanitarias o la necesidad de aportar declaraciones técnicas del fabricante.

Estas incidencias pueden generar retrasos importantes en la cadena logística, así como costes adicionales asociados al almacenamiento de la mercancía en puerto o aeropuerto. En determinados casos, si no se logra demostrar el cumplimiento de la normativa europea, las autoridades pueden incluso impedir la entrada del producto en el mercado.

Por este motivo, cada vez más operadores del sector alimentario están prestando especial atención a la preparación previa de la documentación técnica necesaria antes de iniciar el proceso de importación.

Preparación documental antes de la importación

Para evitar incidencias en aduanas, resulta fundamental que las empresas importadoras verifiquen previamente que disponen de toda la información necesaria sobre la composición del producto y los aditivos utilizados en su fabricación.

Esta revisión documental permite responder con rapidez a las solicitudes de las autoridades sanitarias y facilita la evaluación del producto durante el control sanitario en frontera.

Una correcta preparación de la documentación no solo reduce el riesgo de retrasos en la importación, sino que también contribuye a garantizar que los productos alimentarios cumplen con la normativa europea aplicable.

Conclusión

El control sanitario de alimentos importados en la Unión Europea exige cada vez mayor transparencia en la información sobre la composición de los productos. Documentos como el Anexo V y la declaración de aditivos se han convertido en elementos clave para demostrar el cumplimiento de la normativa alimentaria y evitar bloqueos en aduanas.

Las empresas que importan alimentos deben asegurarse de que esta información esté disponible antes de iniciar el proceso de importación, ya que la falta de estos documentos puede retrasar significativamente el despacho de la mercancía.

Si su empresa ha tenido problemas en aduana por la solicitud del Anexo V o de la declaración de aditivos en la importación de alimentos, el equipo de ASC Services puede ayudarle a preparar la documentación necesaria y resolver las incidencias regulatorias asociadas al control sanitario en frontera. Puede ponerse en contacto con nosotros a través del formulario disponible en nuestra página web para analizar su caso y encontrar la solución más adecuada.