Novedades en importación y aduanas para productos sanitarios, cosméticos, alimentos y medicamentos: qué esperar en 2025 y 2026

El comercio exterior de productos regulados como productos sanitarios, medicamentos, alimentos y cosméticos atraviesa una fase de transformación en la Unión Europea. De cara a finales de 2025 y comienzos de 2026, se esperan varios cambios normativos y operativos relevantes en los procedimientos de importación y control aduanero.

Entre ellos destacan los avances en digitalización de procesos aduaneros, la armonización de controles para productos regulados, el refuerzo de la vigilancia sobre ingredientes y materias primas procedentes de terceros países, y un nuevo escenario geopolítico con especial relevancia: la desaparición efectiva de la frontera física con Gibraltar.

En ASC Services, como especialistas en gestión aduanera y representación de importadores, te resumimos los principales cambios que marcarán la hoja de ruta del comercio exterior en los próximos meses.

Digitalización y trazabilidad reforzada en aduanas

A partir de noviembre de 2025, será obligatorio en todos los Estados miembros el sistema ICS2 (Import Control System 2), que afecta especialmente al transporte aéreo. Su implantación requerirá una declaración electrónica anticipada (ENS) de cada envío, con información detallada del contenido y origen, especialmente relevante en el caso de productos sanitarios y medicamentos.

Este sistema se orienta a reforzar la seguridad de las cadenas logísticas y permitirá a las aduanas realizar una evaluación de riesgos previa a la llegada física de la mercancía al territorio comunitario.

¿Cómo afecta esto al importador?

  • La documentación debe estar preparada antes de la carga del avión o contenedor.
  • Se refuerza la exigencia de precisión en la clasificación y descripción de mercancías en productos regulados.
  • Es indispensable coordinarse con agentes de aduanas, transitarios y representantes autorizados para evitar retenciones.

Nuevas exigencias en productos cosméticos y suplementos alimenticios

La entrada en vigor del Reglamento Delegado (UE) 2025/1222 ha modificado el estatus de varias sustancias químicas utilizadas en cosmética. Sustancias como el triphenyl phosphate, benzophenone o el óxido nitroso han visto endurecidas sus clasificaciones toxicológicas, lo que podría generar prohibiciones o restricciones futuras.

En el caso de los complementos alimenticios, la vigilancia sobre ingredientes importados desde terceros países se ha intensificado:

  • Necesidad de certificados de origen fiables.
  • Controles reforzados sobre ingredientes funcionales, vitaminas y excipientes no convencionales.
  • Evaluación caso a caso en función de la categoría alimentaria o novel food.

Productos sanitarios y medicamentos: mayor control documental y normativo

En productos sanitarios, especialmente los de riesgo IIa y superiores, se consolidan los requisitos de:

  • Declaraciones de conformidad firmadas por el fabricante.
  • Documentación UDI y etiquetado conforme al MDR.
  • Instrucciones de uso en formato digital (e-IFU) para los casos permitidos.

En medicamentos y materias primas de uso farmacéutico, la Circular 1/2025 de la AEMPS ha recordado que:

  • La exportación e importación están sujetas a autorización expresa.
  • Se deben comunicar las operaciones a la autoridad competente.
  • Las farmacias y operadores logísticos deben verificar que los productos cumplen con los requisitos del Reglamento (UE) 2019/6 y la legislación nacional.

Gibraltar: una nueva puerta estratégica para las importaciones

Una de las novedades más significativas de 2025 será el impacto logístico y aduanero de la desaparición práctica de la frontera con Gibraltar, una vez se firme y ratifique el acuerdo entre la UE, España y el Reino Unido.

¿Qué implica este cambio?

  • Gibraltar pasará a estar integrado en el espacio Schengen, eliminando los controles fronterizos físicos para personas y mercancías desde España.
  • Se habilitará un sistema de aduana externa digitalizada, con control conjunto desde el aeropuerto y puerto de Gibraltar.
  • Las mercancías que lleguen por vía marítima o aérea al Peñón podrán acceder a territorio europeo a través de la Verja, con procedimientos armonizados.

Oportunidades para importadores:

  1. Reducción de tiempos de tránsito: los envíos marítimos con entrada por Gibraltar podrán redistribuirse por vía terrestre sin necesidad de escalas portuarias intermedias en la península.
  2. Costes logísticos competitivos: tanto el puerto como el aeropuerto de Gibraltar se están posicionando como hubs eficientes para productos de alto valor añadido.
  3. Facilidad de control de temperatura y seguridad: especialmente útil para medicamentos y alimentos funcionales.

¿Qué sectores se beneficiarán más?

  • Empresas farmacéuticas con logística directa desde Reino Unido o Asia.
  • Distribuidores de cosméticos con productos importados por vía aérea.
  • Fabricantes de dispositivos médicos que operan en canales rápidos de entrega.
  • Importadores de suplementos que gestionan volúmenes medios con alta rotación.

Conclusión

La segunda mitad de 2025 y el inicio de 2026 marcarán un punto de inflexión en la logística y el comercio internacional de productos sanitarios, cosméticos, alimentos y medicamentos. La modernización de los sistemas de control aduanero y la desaparición de la frontera física con Gibraltar configuran un nuevo escenario lleno de oportunidades para los operadores que estén preparados.

Desde ASC Services, ayudamos a nuestros clientes a adaptarse a estos cambios con servicios personalizados de gestión aduanera, clasificación arancelaria, representación fiscal y sanitaria, y asesoramiento normativo integral.

¿Quieres optimizar tus importaciones en 2025? Contacta con nuestro equipo experto.

Importación de ingredientes para complementos alimenticios: claves para aduanas, novel food y seguridad normativa

La importación de ingredientes para la fabricación de complementos alimenticios es una actividad en auge, especialmente en sectores como el de la nutrición deportiva, salud digestiva, bienestar inmunológico y envejecimiento saludable. Sin embargo, estos ingredientes —como vitaminas, minerales, extractos vegetales, aminoácidos o probióticos— están sujetos a una compleja red de requisitos aduaneros y sanitarios, tanto si se importan desde la Unión Europea como desde terceros países.

En ASC Services, ayudamos a empresas importadoras a preparar toda la documentación necesaria para pasar la aduana sin incidencias, cumpliendo con la legislación europea y evitando bloqueos, inspecciones o rechazos que pueden costar tiempo y dinero.

¿Qué tipo de ingredientes se utilizan en complementos alimenticios?

Los complementos alimenticios comercializados en la UE suelen contener ingredientes como:

  • Vitaminas y minerales (vitamina D3, calcio, zinc, magnesio, hierro, etc.)
  • Aminoácidos y derivados proteicos (L-arginina, L-carnitina, glutamina)
  • Extractos de plantas o hongos (ashwagandha, cúrcuma, reishi, etc.)
  • Fibra dietética, prebióticos y probióticos
  • Enzimas digestivas, colágeno, ácido hialurónico
  • Novel Foods (no evaluados previamente por la UE)

La importación de estos ingredientes exige identificar correctamente el origen, la forma química, la función y su estatus regulatorio dentro del marco europeo.

Paso 1: Documentación aduanera y control en frontera

Todo envío debe ir acompañado de:

  • Factura comercial y lista de contenido detallada.
  • Ficha técnica del ingrediente (composición, pureza, forma de presentación).
  • Certificado de origen, especialmente si procede de países fuera de la UE.
  • Certificados sanitarios o fitosanitarios si el ingrediente es de origen vegetal o animal.
  • Declaración de uso alimentario.

La clasificación arancelaria correcta (código TARIC) es esencial para evitar errores en la declaración y facilitar el despacho aduanero.

En ASC Services analizamos cada caso para aplicar el código arancelario adecuado y anticiparnos a posibles requerimientos del puesto de inspección fronterizo.

Paso 2: Verificación del estatus regulatorio del ingrediente (¿es novel food?)

Uno de los errores más frecuentes al importar ingredientes es no verificar si están autorizados para su uso en complementos alimenticios en la Unión Europea.

Un ingrediente puede estar autorizado como aditivo o ingrediente en otros países, pero ser considerado “novel food” en la UE si:

  • No se consumía significativamente antes de 1997 en Europa.
  • Se ha modificado genéticamente.
  • Se produce mediante nuevas tecnologías (fermentación, síntesis enzimática, etc.).
  • Es de origen animal, marino o fúngico no tradicional.

Los novel foods requieren una autorización previa de la Comisión Europea y su inclusión en el Registro Público de Alimentos Nuevos. Importarlos sin esta autorización puede implicar la inmovilización, destrucción o reexportación del lote.

Paso 3: Trazabilidad e identificación del operador responsable

Si el ingrediente va a ser comercializado en España o utilizado en productos que se pongan en el mercado español, es obligatorio que:

  • Exista un operador establecido en España (importador o responsable).
  • Se garantice la trazabilidad documental completa del lote.
  • Se cumpla con los límites legales de contaminantes y residuos (plomo, cadmio, aflatoxinas, etc.).
  • Se conserve toda la documentación técnica y analítica del ingrediente, por si la autoridad sanitaria la solicita.

Desde ASC Services gestionamos tanto la importación como el enlace con los laboratorios analíticos para realizar ensayos de identidad, pureza o metales pesados.

¿Qué servicios ofrece ASC Services?

  • Asesoría previa sobre ingredientes permitidos y novel food.
  • Revisión de documentación técnica y aduanera.
  • Gestión del despacho de aduanas y controles sanitarios.
  • Clasificación arancelaria y asistencia en PCF.
  • Representación legal del operador en España si procede.
  • Coordinación de análisis y certificados privados (metales, microbiología, GMO-free, etc.).

Conclusión

Importar ingredientes para complementos alimenticios requiere más que una simple operación logística. Es necesario contar con un equipo técnico que domine la normativa alimentaria europea, gestione correctamente los trámites aduaneros y anticipe posibles objeciones sanitarias.

En ASC Services te acompañamos en cada paso: desde el país de origen hasta que el ingrediente llega a tu línea de producción o al producto final.

¿Tienes previsto importar vitaminas, minerales u otros ingredientes?
Escríbenos a: web@ascservices.es

Importar desde Holanda productos sanitarios, cosméticos, alimentos o vapeadores: claves para pasar la aduana

Cada vez más operadores optan por importar productos desde Países Bajos para aprovechar su posición logística estratégica en la Unión Europea. Sin embargo, al tratarse de productos regulados, como productos sanitarios, cosméticos, alimentación y vapeadores, el paso por la aduana requiere una planificación minuciosa y conocimiento normativo especializado.

En ASC Services ayudamos a fabricantes, importadores y distribuidores a cumplir con todos los requisitos necesarios para pasar la aduana en Holanda y comercializar legalmente en España y la UE.

Ventajas de importar desde Holanda: logística y aduanas offshore

Holanda cuenta con infraestructura aduanera avanzada y zonas francas que permiten almacenar productos sin pagar impuestos hasta su liberación. Esta estrategia es especialmente útil para quienes importan grandes volúmenes o distribuyen a varios países.

Sin embargo, el uso de depósitos aduaneros (offshore) no exime del cumplimiento de la normativa europea. Es fundamental identificar correctamente los productos, tener la documentación técnica disponible y haber completado los registros previos a la liberación de la mercancía.

Productos sanitarios y cosméticos: documentación y registros obligatorios

Importar desde Holanda productos sanitarios (como apósitos, guantes, termómetros o dispositivos médicos) o cosméticos (cremas, maquillajes, perfumes) exige cumplir con lo siguiente:

  • Marcado CE conforme al Reglamento (UE) 2017/745.
  • Registro en el CPNP (Cosmetic Product Notification Portal) para cosméticos.
  • Disponibilidad de documentación técnica, evaluación de seguridad y etiquetado conforme.
  • Designación de un representante autorizado si el fabricante está fuera de la UE.

Desde ASC Services te asesoramos en la preparación de toda la documentación y la coordinación del paso aduanero desde los Países Bajos, garantizando conformidad total antes de la liberación del envío.

Importación de alimentos: trazabilidad y control sanitario

En el caso de productos alimentarios (complementos, conservas, bebidas, etc.), es obligatorio cumplir con:

  • Registro en el sistema TRACES.
  • Controles sanitarios en frontera si el producto es de origen animal.
  • Etiquetado en idioma oficial del país de destino.
  • Identificación del importador y establecimiento responsable.

La gestión adecuada en origen es crucial para evitar bloqueos en aduanas y garantizar una importación fluida desde los depósitos holandeses.

Vapeadores y productos con nicotina: requisitos del EU-CEG y Ministerio de Sanidad

Los vapeadores (vapers), e-líquidos y cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, están sujetos a normativa muy estricta:

  • Registro obligatorio en la plataforma EU-CEG antes de su comercialización.
  • Notificación ante el Ministerio de Sanidad en España (o autoridad nacional correspondiente).
  • Control de ingredientes, concentraciones de nicotina, formato de los envases y etiquetado.
  • Cumplimiento de la Directiva 2014/40/UE (TPD).

Importar estos productos desde Países Bajos sin haber completado los registros previos puede implicar inmovilización o destrucción en aduana. Nuestro equipo especializado te guía en cada paso, desde el alta en EU-CEG hasta la estrategia fiscal y aduanera.

¿Qué soluciones ofrecemos desde ASC Services?

  • Evaluación previa de documentación técnica y comercial.
  • Registro de productos en CPNP, TRACES y EU-CEG.
  • Revisión de etiquetado y formatos según normativa.
  • Coordinación aduanera para operaciones offshore en Países Bajos.
  • Representación legal del fabricante fuera de la UE.
  • Asistencia continua para nuevas referencias, inspecciones o auditorías.

¿Vas a importar desde Holanda? Déjalo en manos expertas

Importar productos regulados desde Países Bajos puede ser una ventaja logística y económica… o un problema legal si no se hace correctamente. En ASC Services llevamos más de 20 años ayudando a empresas a introducir productos sanitarios, cosméticos, alimentarios y vapeadores en el mercado europeo.

Contáctanos y analizaremos tu caso sin compromiso. Nos encargamos de todo el proceso para que puedas importar con seguridad, rapidez y conformidad total.

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Despachos Aduaneros de Sanidad en España: Requisitos y Retrasos en Alimentación, Cosméticos y Productos Sanitarios

La importación de productos destinados al consumo humano en España está sujeta a estrictos controles sanitarios en frontera. Estos controles, gestionados por Sanidad Exterior y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), buscan garantizar la seguridad y calidad de los productos que ingresan al país. Sin embargo, en los últimos tiempos, se han reportado ciertos retrasos y cuellos de botella en los despachos aduaneros, especialmente en productos de alimentación, cosméticos y productos sanitarios.

📌 Requisitos Generales para la Importación

Alimentación

Los productos alimenticios, tanto de origen animal como no animal, deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Notificación previa: Es obligatorio notificar la llegada de los productos antes de su arribo, presentando la Parte I del Documento Sanitario Común de Entrada (CHED) a través de la plataforma TRACES.
  • Documentación necesaria:
    • Factura comercial.
    • Conocimiento de embarque (Bill of Lading o Air Waybill).
    • Declaración sumaria aduanera.
    • Certificado sanitario oficial del país de origen, si aplica.
  • Cumplimiento normativo: Los productos deben cumplir con el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria al consumidor y el Real Decreto 1801/2008 relativo a las cantidades nominales para productos envasados.

Cosméticos

La importación de productos cosméticos está regulada por la AEMPS y requiere:

  • Declaración responsable: El importador debe presentar una declaración responsable ante la AEMPS antes de iniciar la actividad de importación.
  • Persona responsable en la UE: Los productos deben contar con una persona responsable establecida en la Unión Europea, cuya información debe figurar en el etiquetado.
  • Registro en el CPNP: Los productos deben estar registrados en el Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP).
  • Etiquetado y seguridad: El etiquetado debe estar en español y los productos deben cumplir con los requisitos de seguridad establecidos en el Real Decreto 85/2018.

Productos Sanitarios

Para importar productos sanitarios, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Licencia previa de funcionamiento: Las personas físicas o jurídicas que deseen importar productos sanitarios deben obtener una licencia previa de funcionamiento otorgada por la AEMPS.
  • Marcado CE: Los productos deben ostentar el marcado CE y disponer de la documentación que lo avala, incluyendo la Declaración de Conformidad y, si aplica, el Certificado CE emitido por un Organismo Notificado.
  • Etiquetado e instrucciones: El etiquetado y las instrucciones de uso deben estar en español.
  • Control sanitario: Los productos están sujetos a control sanitario por parte de la inspección farmacéutica en aduana.

⏱️ Retrasos y Cuellos de Botella en los Despachos Aduaneros

En los últimos tiempos, se han observado ciertos retrasos en los despachos aduaneros de sanidad en España. Las principales causas identificadas son:

  • Falta de personal: La escasez de inspectores y personal especializado en sanidad exterior ha provocado demoras en la inspección y liberación de mercancías.
  • Sistemas digitales: Aunque se han implementado plataformas como TRACES y SIFAEX para agilizar los trámites, aún existen desafíos en su operatividad y en la capacitación de los usuarios.
  • Cambios normativos: La actualización constante de normativas y requisitos ha generado confusión entre los importadores, lo que ha derivado en errores documentales y, por ende, en retrasos.

📊 Tabla Resumen de Requisitos por Tipo de Producto

Tipo de ProductoRequisitos Principales
AlimentaciónNotificación previa mediante CHED a través de TRACES. <br> – Documentación: factura, conocimiento de embarque, declaración sumaria, certificado sanitario. <br> – Cumplimiento del Reglamento (UE) 1169/2011 y Real Decreto 1801/2008.
CosméticosDeclaración responsable ante la AEMPS. <br> – Persona responsable en la UE. <br> – Registro en el CPNP. <br> – Etiquetado en español y cumplimiento del Real Decreto 85/2018.
Productos SanitariosLicencia previa de funcionamiento otorgada por la AEMPS. <br> – Marcado CE con la documentación correspondiente. <br> – Etiquetado e instrucciones en español. <br> – Control sanitario por inspección farmacéutica en aduana.

✅ Recomendaciones para Importadores

  • Planificación anticipada: Dado los posibles retrasos, es crucial planificar las importaciones con suficiente antelación.
  • Asesoramiento especializado: Contar con el apoyo de expertos en comercio exterior y sanidad puede facilitar el cumplimiento de los requisitos y agilizar los trámites.
  • Actualización constante: Mantenerse informado sobre las actualizaciones normativas y procedimientos es esencial para evitar contratiempos.
  • Uso de plataformas digitales: Familiarizarse y utilizar correctamente las plataformas TRACES y SIFAEX puede reducir errores y tiempos de espera.

En ASC Services, ofrecemos asesoramiento y gestión integral en la importación de productos de alimentación, cosméticos y productos sanitarios, asegurando el cumplimiento de todos los requisitos sanitarios y aduaneros. Contáctanos para más información y soporte personalizado.


Nota: La información proporcionada está basada en las normativas y procedimientos vigentes hasta la fecha de publicación. Se recomienda consultar las fuentes oficiales para obtener información actualizada.